DESCRIPCIÓN
<p>Martillero Responsable Agustina Suter, matrícula CMZC tomo I, folio 19, leg. col. 573, leg. prev. 37549</p><p><br></p><p>VENTA CASA- EL CANTON BARRIO ISLAS-4 AMBIENTES-PILETA <br /> <div>CASA EN VENTA A ESTRENAR EN BARRIO ISLAS- EL CANTÓN</div><div><br></div><div>En Lote de 800 mts aprox. la casa cuenta con 233mts cuadrados construidos,</div><div>en dos plantas.</div><div>PB:</div><div>Amplio living comedor</div><div>Cocina completa con muebles de cocina de calidad, anafe y horno empotrado</div><div>toilette</div><div>dos dormitorios con placard</div><div>baño completo</div><div>lavadero</div><div>Galeria y piscina</div><div>PA:</div><div>un dormitorio en suite con vestidor</div><div>un baño completo</div><div>una habitación</div><div>balcon terraza</div><div>Todas las aberturas( ventanas, puertas, paños fijos y banderolas)</div><div>son de PVC con DVH( doble vidrio hermetico)</div><div>lo que mejora la aisación termica y sonora</div><div>Pre-instalación de equipo para aire acondicionado</div><div>Termo solar de 254 litros- dos placas solares fotovoltaicas de 300 wts</div><div>y dos baterias de almacenamiento.</div></p>
La propiedad que figura en esta publicación se encuentra a cargo del profesional matriculado, por lo tanto la intermediación y la conclusión de las operaciones serán llevadas exclusivamente por él.
Ley 5115: EXCEPTO que en la descripción de la propiedad se indique lo contrario, el edificio puede no contar con rampa para personas con movilidad reducida, y no ser Accesible para personas con discapacidades físicas.
En cumplimiento de la Ley 5859, Art. 4°, se deja constancia que “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”-
Las medidas consignadas en la publicación son aproximadas, las reales surgirán del título de propiedad o documentación pertinente y no compromete contractualmente a nuestra empresa.
Los gastos y valores de expensas expresados se deben a la última información recabada y deberán confirmarse.
Fotografías no vinculantes ni contractuales.