DESCRIPCIÓN
<p>Martillero Responsable Agustina Suter, matrícula CMZC tomo I, folio 19, leg. col. 573, leg. prev. 37549</p><p><br></p><p>VENTA CASA - EL CANTON- BARRIO PUERTO- 5 AMBIENTES -</p><p> <br> </p><div>Casa en una planta a estrenar en El Cantón , Barrio Puerto</div><div>muy luminosa, excelente construcción, ambiente espaciosos y materiales de calidad.</div><div>La casa cuenta en la entrada con puerta doble de madera y vidrio que da a un recibidor</div><div>que termina en un amplio living comedor con una escalera que lleva a un entrepiso, posible sala de estar, biblioteca o playroom. A continuación del living comedor nos encontramos con la gran cocina con isla, equipada con cocina, campana extractora y mobiliario completo, que termina en una inmensa ventana con vista al jardín. en este mismo sector podemos encontrar un lavadero y un toilette.</div><div>Galería y parrilla con doble pared, cámara de aire y ladrillos refractarios. Mas cochera cubierta para dos autos</div><div>Al otro extremo de la vivienda tenemos los dos dormitorios que comparten un baño completo con bañera, un dormitorio en suite con vestidor.</div><div>La calefacción en toda la casa es por piso radiante, sectorizado, con un termostato de temperatura en cada ambiente individual. La caldera es a gas.</div><div>Pre-instalaciones eléctricas para los aires acondicionados en todos los ambientes.</div><div>los pisos son de cerámicos color arena.</div><div>Las aberturas son de aluminio A30 blancas, con vidrio doble y cámara de aire. y todas las ventanas llevan mosquiteros.</div><p></p>
La propiedad que figura en esta publicación se encuentra a cargo del profesional matriculado, por lo tanto la intermediación y la conclusión de las operaciones serán llevadas exclusivamente por él.
Ley 5115: EXCEPTO que en la descripción de la propiedad se indique lo contrario, el edificio puede no contar con rampa para personas con movilidad reducida, y no ser Accesible para personas con discapacidades físicas.
En cumplimiento de la Ley 5859, Art. 4°, se deja constancia que “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”-
Las medidas consignadas en la publicación son aproximadas, las reales surgirán del título de propiedad o documentación pertinente y no compromete contractualmente a nuestra empresa.
Los gastos y valores de expensas expresados se deben a la última información recabada y deberán confirmarse.
Fotografías no vinculantes ni contractuales.